| INTENDENCIA DE SAN JOSÉ San José, 11 de febrero de 2010.- Resolución Nº 2691/2010.- SE DISPONE LA CREACIÓN DE LOS MUNICIPIOS DE LIBERTAD Y CIUDAD DEL PLATA. LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE SAN JOSÉ DECRETA: Art. 1º)- En cumplimiento de lo previsto en la Ley 18.567 y modificativa y en el plazo previsto en su artículo 25, se dispone la creación de los siguientes municipios: Libertad y Ciudad del Plata. Art. 2º)- La creación de estos Municipios, tiene su razón de ser, ya que, en cada uno de ellos y su entorno, conforman circunscripciones territoriales que justifican la existencia de estructuras polìticas representativas. Art. 3º)- De acuerdo a lo previsto en el Artìculo 2 de la Ley 18.567 y procurando conformar una unidad con personalidad social y cultural, con intereases comunes y que además facilite la participación ciudadana, se dispone que los lìmites territoriales de cada Municipio serán los siguientes: Municipio de Libertad: comprende a la Ciudad de Libertad, su entorno y Colonia Italia, con los lìmites territoriales previstos en las Circunscripciones Electorales serie OEA, Seria OEB y Serie OEH. Municipio de Ciudad del Plata: Comprende los fraccionamientos desde San fernando, km. 26 dela Ruta 1, hasta Delta El Tigre, Km. 23 Ruta 1, incluyendo Playa Penino, km. 29 de Ruta 1, Playa Pascual y Colonia Wilson con los lìmites territoriales previstos en las Circunscripciones Electorales Series OGA, OGB, OGC, OGD, OGE y OEI. Art. 4º)- Los límites territoriales podrán variar, si así lo dispone la Junta Departamental con la iniciativa del Intendente,en toda oportunidad que la Oficina Electoral de San José de la Corte Electoral, modifique lo previsto en las circunscripciones Electorales cuyas Series retomaron como referencia en cada Municipio. Art. 5º)- Para el cumplimiento del propósito de la Ley 18.567 y modificativa las Juntas Locales de: Libertad y Ciudad del Plata, se transformarán en Municipios y las Autoridades electas de los Gobiernos Municipales creados respectivamente tendrán allí su funcionamiento. Art. 6º)- Comuníquese etc. SALA DE SESIONES DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE SAN JOSÉ, EL DÍA ONCE DE FEBRERO DE DOSMIL DIEZ.- Alfredo Ciriani Presidente Nancy GarcÍa Secretaria E/ San José, 14 de febreo de 2010. Resolución Nº 3469/2010 – Expediente Nº 739/2010 Se promulga decreto 3046.- El Intendente de San José, RESUELVE: 1º) Promúlgase el Decreto Nº 3046, aprobado por la Junta Departamental de San José, por resolución Nº 2691/2010 de 11de febrero de 2010. José Luis FALERO Secretario General Cra. Beatriz MARTINEZ AREOSA Intendente |