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Comunicado para trámite de Licencias de Conducir

A partir del día 1 de octubre de 2009 quienes realicen trámites por licencias de conducir deben concurrir con el certificado de aptitud médica realizado en cualquiera de las Instituciones autorizadas para tal fin.

 

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SE DISPONE LA CREACIÓN DE LOS MUNICIPIOS DE LIBERTAD Y CIUDAD DEL PLATA
Escrito por PRENSA - IMSJ   
miércoles, 10 de marzo de 2010
 

 

 

INTENDENCIA DE SAN JOSÉ

 

San José, 11 de febrero de 2010.-

 

Resolución Nº 2691/2010.-

 

SE DISPONE LA CREACIÓN DE LOS MUNICIPIOS DE LIBERTAD Y CIUDAD DEL PLATA.

 

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE SAN JOSÉ

DECRETA:

Art. 1º)- En cumplimiento de lo previsto en la Ley 18.567 y modificativa y en el plazo previsto en su artículo 25, se dispone la creación de los siguientes municipios: Libertad y Ciudad del Plata.

Art. 2º)- La creación de estos Municipios, tiene su razón de ser, ya que, en cada uno de ellos y su entorno, conforman circunscripciones territoriales que justifican la existencia de estructuras polìticas representativas.

Art. 3º)- De acuerdo a lo previsto en el Artìculo 2 de la Ley 18.567 y procurando conformar una unidad con personalidad social y cultural, con intereases comunes y que además facilite la participación ciudadana, se dispone que los lìmites territoriales de cada Municipio serán los siguientes:

Municipio de Libertad: comprende a la Ciudad de Libertad, su entorno y Colonia Italia, con los lìmites territoriales previstos en las Circunscripciones Electorales serie OEA, Seria OEB y Serie OEH.

Municipio de Ciudad del Plata: Comprende los fraccionamientos desde San fernando, km. 26 dela Ruta 1, hasta Delta El Tigre, Km. 23 Ruta 1, incluyendo Playa Penino, km. 29 de Ruta 1, Playa Pascual y Colonia Wilson con los lìmites territoriales previstos en las Circunscripciones Electorales Series OGA, OGB, OGC, OGD, OGE y OEI.

Art. 4º)- Los límites territoriales podrán variar, si así lo dispone la Junta Departamental con la iniciativa del Intendente,en toda oportunidad que la Oficina Electoral de San José de la Corte Electoral, modifique lo previsto en las circunscripciones Electorales cuyas Series retomaron como referencia en cada Municipio.

Art. 5º)- Para el cumplimiento del propósito de la Ley 18.567 y modificativa las Juntas Locales de: Libertad y Ciudad del Plata, se transformarán en Municipios y las Autoridades electas de los Gobiernos Municipales creados respectivamente tendrán allí su funcionamiento.

Art. 6º)- Comuníquese etc.

 

SALA DE SESIONES DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE SAN JOSÉ, EL DÍA ONCE DE FEBRERO DE DOSMIL DIEZ.-

 

                        Alfredo Ciriani

                           Presidente

                                                                                                 Nancy GarcÍa

                                                                                                   Secretaria E/

 

                                                                                                       San José, 14 de febreo de 2010.

 

 

Resolución Nº 3469/2010 – Expediente Nº 739/2010

 

Se promulga decreto 3046.-

 

El Intendente de San José, RESUELVE:

1º) Promúlgase el Decreto Nº 3046, aprobado por la Junta Departamental de San José, por resolución Nº 2691/2010 de 11de febrero de 2010.

 

                                         José Luis FALERO

                                         Secretario General

                                                                                                 Cra. Beatriz MARTINEZ AREOSA

                                                                                                                  Intendente

 

 

 

OFICINA DE PRENSA Y RELACIONES PUBLICAS

 
III Cumbre de Regiones sobre Cambio Climático
Escrito por PRENSA - IMSJ   
martes, 02 de marzo de 2010

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El objetivo general de Cumbre es el de transformarse en un acontecimiento político técnico de primera magnitud donde se comunique intensamente a la sociedad la necesidad de abordar la cuestión del cambio climático en todas sus dimensiones.  
 

La organización del evento cuenta con una página web (http://www.cambioclimatico.org.uy) , que ya puede ser consultada en aspectos relacionados a la organización.

En ella se puede consultar un programa preliminar, las formas de inscripción, y contactos con la secretaría para consultas en general entre otros ítems. 

 
 
CURSO DE TÉCNICO EN GASTRONOMÍA Y HOTELERÍA
Escrito por PRENSA - IMSJ   
miércoles, 03 de marzo de 2010

La Intendencia Municipal de San José, pone en conocimiento de la ciudadanía, que la Escuela de Hotelería, Gastronomía y Turismo del Uruguay dictará curso de Técnico en Gastronomía y Hotelería.

Para dicho curso se otorgarán algunas becas, por más información, los interesados podrán dirigirse a la Oficina de Asesoría de Educación de la Comuna maragata, Asamblea Nº 496 en horario de Oficina.

 

San José, 02 de marzo de 2010

 
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